Existen determinadas situaciones en las que la aerolínea puede no ser responsable del retraso o de la cancelación, son las llamadas circunstancias extraordinarias, que no podrían haberse evitado incluso si se hubieran tomado todas las medidas adecuadas.
Cuando se den dichas circunstancias, no se tendrá derecho a recibir ninguna compensación.
Condiciones meteorológicas incompatibles con la realización del vuelo.
Huelga general, Huelga de pilotos, Huelga de controladores aéreos.
Fallo del radar, cierre del espacio aéreo, impacto de rayos durante un vuelo anterior, aterrizaje de emergencia por una tormenta.
Apertura del tobogán por un pasajero, daño a la turbina causado por la colisión con un pájaro.
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